ESCUELA DE DOCTORADO

 
Tesis Doctorales de la Universidad de Alcalá
EN BUSCA DE LA CLARIDAD. MOVIMIENTOS, DERECHOS Y POLÍTICAS PARA COMPRENDER
Autor/aArenas Arias, Germán Jair
DepartamentoInstituto Universitario de Estudios Latinoamericanos
Director/aWences Simón, María Isabel
Fecha de defensa21-10-2024
CalificaciónSobresaliente cum laude
ProgramaAmérica Latina y la Unión Europea en el Contexto Internacional (RD 99/2011)
Mención internacionalNo
ResumenEn esta tesis defiendo que la respuesta a una solicitud de información presentada por un peticionario a título individual o colectivo; o las condiciones requeridas que median en la tramitación de una prestación pública; o el informe de rendición de cuentas de un órgano estatal dirigido al conjunto de la ciudadanía; o el contenido de una sentencia o una resolución judicial; o las pasarelas digitales que imponen los trámites de la Administración electrónica; o la factura de electricidad que recibimos en los hogares; o los formularios de solicitud para la adjudicación de ayudas sociales; o los documentos científicos o médicos que incumben el estado de nuestra salud personal; o las cláusulas económicas e impositivas de un contrato de préstamo hipotecario; o la carga judicial, o la documentación en general, dirigida contra un acusado que no domina la lengua oficial de un país (v. gr. migrante reciente o perteneciente a pueblos originarios); o una notificación tributaria…; en fin, hasta el texto de un acuerdo de paz, deberían estar redactados en un lenguaje lo suficientemente claro y accesible para que el mayor número posible de destinatarios pueda entender fielmente su contenido. Y si fuese necesario, deberían presentarse en un formato de lectura fácil para garantizar la inclusión de colectivos específicos (v. gr. personas con discapacidad intelectual), así como para disminuir la posibilidad de errores en la interpretación de la información. Esta tesis consiste en un análisis del "lenguaje claro" dentro de un proyecto amplio de experimentación conceptual (i) desde los movimientos sociales, (ii) desde el discurso de los derechos y (iii) desde la teoría política contemporánea. La primera parte —LENGUAJE CLARO Y ACCIÓN COLECTIVA— consiste en una exploración sobre los fenómenos colectivos que desde hace más de cuatro décadas se dedican a definir, defender y difundir el lenguaje claro y sobre cómo sus resultados se han transformado en acciones de política pública. Para su desarrollo me baso en un marco teórico que proviene de las relaciones internacionales y de los movimientos sociales transnacionales, toda vez que puede resultar útil para entender la naturaleza, el origen y los alcances del llamado Plain Language Movement (PLM) o Movimiento por un Lenguaje Claro (MLC). Este movimiento, al que la mayor parte de los investigadores le suele dedicar una treintena de líneas con cierto uso descuidado de la historia, es objeto en esta tesis de una amplia indagación científica. En evidencia del vacío que prevalece en la literatura y que le concede la categoría de movimiento de un modo libre y espontáneo, este trabajo propone estudiarlo bajo la mirada internacionalista de una red transnacional de defensa —transnational adovacy network—, tomando como base el trabajo académico de Margaret Keck y Kathryn Sikkink . El marco explica cómo los movimientos domésticos y transnacionales se unen para presionar desde arriba y desde abajo a las instituciones políticas y a los agentes económicos. Reconozco que este dispositivo conceptual funciona muy bien y fue diseñado para explicar los movimientos sociales en defensa de los derechos humanos, pero intentaré demostrar, durante cuatro capítulos, que para el caso del lenguaje claro es aplicable su uso, no solamente desde la perspectiva organizativa sino también porque el desarrollo del movimiento LC ha operado y busca impactar directa o indirectamente en la protección de los derechos constitucionales. La segunda parte —LENGUAJE CLARO Y DERECHO A COMPRENDER— toma como punto de partida el conjunto de las voces que ha generado movimientos enarbolando demandas de cambio lingüístico y que, conjugadas con el lenguaje de los derechos humanos, reclaman un «nuevo derecho a comprender»: a comprender la ley, la justicia, los procedimientos de la Administración Pública, en fin, la información de relevancia pública y de interés particular. Como emprendedoras de normas, esas voces buscan que ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales reconozcan que «toda persona tiene el derecho a comprender (o a entender)» —tal y como se registra en el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa en España o en las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de 2018—. Al respecto, necesario es decir nuevamente, no muchos investigadores se han detenido cuidadosamente en explicar en qué sentido comprender es un derecho y tampoco aclaran desde qué perspectiva filosófica abordan la concepción de los derechos. En general, sostienen que el Estado de Derecho depende de la capacidad de los ciudadanos para entender la ley o que, en ausencia de comprensión, una persona es vulnerable a la ley, cuestión de rotunda conexión con la dignidad humana. No obstante, hace falta, creo, una inspección más detallada que a través de una mirada filosófico-jurídica y filosófico-política dude, cuestione y exponga si, en realidad, estamos ante un uso desenfadado y retórico del lenguaje de los derechos. Para contestar con un nivel óptimo de precisión, me apoyo en algunas tesis de Carl Wellman y Mary Anne Glendon . Más aún, me apoyo en el marco teórico de los Derechos Humanos Emergentes para ensayar una fundamentación de los presupuestos del derecho a comprender como un nuevo derecho emergente susceptible de ser considerado viable en la agenda política o como una dimensión que perfecciona un derecho ya existente. El capítulo quinto de la tesis, el único que compone la segunda parte, es un capítulo extenso que se ocupa ampliamente de esta materia. Finalmente, la tercera parte —LENGUAJE CLARO Y BUEN GOBIERNO— toma en consideración el lenguaje claro, ya no como la causa de un movimiento, sino como una idea de política pública. Allí se abandona la noción de derecho a comprender para hablar de oportunidades políticas para comprender. Los tres capítulos que componen esta parte tienen como eje la fundamentación teórica-política de las iniciativas diseñadas para promover una clarificación del lenguaje (jurídico y administrativo, principalmente) que permita, por ejemplo, facilitar el acceso y la mayor comprensión posible de la información pública y, además, promover una relación más cercana y más abierta entre las instituciones del Estado y los ciudadanos. Partiendo de la ininteligibilidad de los asuntos públicos, del ruido que desorienta en la sociedad de la transparencia, de las preferencias sociales por la opacidad y del déficit de legibilidad gubernamental se defiende que es necesario propender por un nuevo ideal regulativo que marida la legibilidad —de connotación política— con la libertad —de vertiente republicana—. Es decir, suscribo y me adscribo desde un plano normativo a pensar y diseñar instituciones legibles, políticas de legibilidad y/o políticas inteligibles que reduzcan el déficit cognitivo y la sobrecarga informativa que padecen los ciudadanos democráticos comprometidos con el devenir de su comunidad política. La estructura de esta tercera parte se apoya en todo un entramado teórico inspirado, fundamentalmente, en dos autores: Pierre Rosanvallon, por un lado, y Philip Pettit, por el otro . Los dos autores están asociados a una mirada republicana; más en concreto, son representantes de la familia del republicanismo contemporáneo que pone en el centro de la discusión política la idea madre del buen gobierno y la libertad como no dominación. En esta parte postulo, me adelanto a su contenido, que un individuo o un grupo de individuos pueden estar sujetos a, o depender de, el uso arbitrario, inadecuado, despótico o incluso pedante, de una jerga generalmente incomprensible para el común de las personas. El empleo de esa jerga por parte de otro individuo (o institución) puede configurar una posición asimétrica de poder y en este tipo de situaciones, un agente dominador (A) compromete la libertad de un agente dominado (B) cuando el primero, arbitrariamente, se torna ilegible, abstruso u opaco y, en consecuencia, impone su voluntad sobre el segundo; A restringe las posibilidades de acción, elección o decisión de B. Con todo lo anterior, esta investigación doctoral plantea una hipótesis de trabajo principal y otra complementaria: El desarrollo de iniciativas sobre lenguaje claro y la búsqueda de oportunidades iguales y efectivas para comprender ofrece mayores garantías para el ejercicio de los derechos fundamentales, pues se configuran como la clave de bóveda para la adquisición de unos criterios mínimos que le permiten al individuo actuar libremente, en espacios de no-dominación, respecto de los asuntos que le afectan. De manera complementaria, dichas iniciativas habilitan mecanismos de participación, disputabilidad y de control ciudadano a la actividad estatal, con lo cual, existen razones para vincularlas con el fortalecimiento democrático y del Estado de Derecho.